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LPI en la producción de los alumnos

 

Veamos unos ejemplos de situaciones muy comunes que ocurren en nuestro quehacer cotidiano con los alumnos:

  • Decidimos crear un blog para publicar los murales o dibujos realizados por nuestros alumnos sobre una temática concreta.
  • En un concurso de escritura creativa decidimos publicar los relatos de los alumnos en el blog del centro.
  • En la revista del colegio publicamos relatos o dibujos de nuestros alumnos
  • ….

¿Podemos publicar los trabajos de los alumnos sin ningún tipo de autorización?

La respuesta es NO. Aunque sean trabajos hechos por nuestros alumnos, son obras que desde el momento de su creación pertenecen a sus autores (los alumnos) y, por lo tanto, están sujetas a la normativa de Propiedad Intelectual.

Al publicarlas en el blog estamos ejerciendo los derechos patrimoniales de reproducción y comunicación pública que pertenecen al autor, o, en el caso de menores, a sus tutores.

Por lo tanto, legalmente deberíamos de obtener la correspondiente autorización por parte de los tutores, en términos generales, para menores de 18 años.

Es importante considerar que este apartado suele tener mucha menos trascendencia debido a que no existe la sensbilización social que hay ante los datos personales y, en especial, ante las fotografías. Evidentemente, los padres de forma mayoritaria, por no decir plena, están totlamente de acuerdo en la publicación de los trabajos de sus hijos, ya que les encanta ver el trabajo de éllos.


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